Dirección de Ejecución de Obra
Tienes una obra que ejecutar pero no el Director de Obra necesario, nosotros tenemos el profesional que necesitas.
Según La Ley de Ordenación de la Edificación 38/1999 cuyo objetivo prioritario es regular el proceso de la edificación definiendo la configuración legal de los agentes que intervienen en el este proceso define al director de la ejecución de una obra (art. 13) como aquel agente que, formando parte de la dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.
Esto quiere decir que en todas las obras que se realicen deberá haber un director de obra (con la formación especializada correspondiente) que se responsabilice de que los trabajos de construcción desarrollados se realicen de forma correcta.
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Si vas a comenzar una obra y no dispones del Director de Ejecución de obras que necesitas NOSOTROS PODEMOS RESPONSABILIZARNOS DE VERIFICAR LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
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