Labores Periciales y Arbitrajes
Aportamos objetividad y autoridad a las reclamaciones que en materia de PRL o Arquitectura Técnica tengas que presentar.
Para la Real Academia Española la
definición de perito es: “persona que, poseyendo determinados conocimientos
científicos, artísticos, técnicos o prácticos, informa, bajo juramento, al
juzgador sobre puntos litigiosos en cuanto se relacionan con su especial saber
o experiencia”.
Dentro de las labores periciales
encontramos la redacción de INFORMES, de DICTÁMENES y CERTIFICACIONES.
Se entiende por INFORME PERICIAL la exposición por escrito de
las circunstancias observadas en el reconocimiento de precios, edificios,
documentos, etc., o en el examen de la cuestión que se considera, con
explicaciones técnicas, económicas, etc.
Se entiende por DICTAMEN PERICIAL la exposición por escrito de
la opinión que emite el Aparejador sobre la cuestión sometida a consideración y
justificada técnicamente en base al informe.
Se entiende por CERTIFICACIÓN PERICIAL la exposición por escrito
de la verdad de un hecho y/o circunstancia relacionados con la edificación o el
suelo a efectos de su constancia ante terceros.
Las labores periciales pueden
servir para defender ante un juzgado lo demando a través de ACCIONES JUDICIALES
o a través de ARBITRAJES, entendiendo como arbitraje al procedimiento por el cual se somete una reclamación,
por acuerdo de las partes, a un árbitro que dicta una decisión sobre la reclamación.
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