Formación especifica en Prevención de Riesgos Laborales
Adaptamos la formación en prevención a las necesidades de tu empresa.
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 14 (derecho a la protección frente a los riesgos laborales) indica que los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Dentro de este derecho a la protección está incluido el derecho a una formación adecuada en materia preventiva.
Dentro de su artículo 15 (principios de la acción preventiva) se indica que El empresario tomará en consideración las capacidades profesionales de los trabajadores en materia de seguridad y de salud en el momento de encomendarles las tareas.
Por otro lado, en su artículo 18 (información consulta y participación de los trabajadores) indica que el empresario adoptara las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban la información necesaria en relación a los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo y de las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a esos riegos.
Por último, vemos que en el artículo
19 (formación de los trabajadores) se indica que el empresario garantizara que
cada uno de sus trabajadores reciba una formación teórica y práctica,
suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación
como cuando se producen cambios en los equipos de trabajo.
La formación se podrá impartir
por la empresa mediante medios propios o concertándola con servicios ajenos, y
su coste no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores.
La formación mínima establecida
en el V Convenio colectivo del sector de la construcción (capitulo III- Sección
1ª) son, Primer ciclo o “Aula Permanente” de 8h, Segundo ciclo “formación por
puesto de trabajo o por oficio” de 20h. Además de la formación básica existe formación
complementaria como el Nivel Básico de Prevención de 60h. Esta formación solo
puede ser impartida por la FLC y por entidades homologadas.
Esta formación es una formación reglada y generalista para cada tipo de oficio, que muchas veces no se adapta a las necesidades de tu empresa, por lo que es necesario ampliarla.
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Si además de la formación reglada quieres dar a tus trabajadores una FORMACIÓN ESPECÍFICA, ESPECIALIZADA Y AJUSTADA a los trabajos realmente realizados en tu empresa, CONTACTA CON NOSOTROS.
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